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Reconocimiento de creditos
Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos para el
acceso y admisión de estudiantes con enseñanzas oficiales iniciadas en Mondragon
Unibertsitatea o en otra Universidad
Reconocimiento de créditos en las enseñanzas de Grado
1.- Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación de los créditos que,
habiendo sido obtenidos por el alumno en unas enseñanzas oficiales, en
Mondragon Unibertsitatea o en otra Universidad, se computen en las enseñanzas
de Grado en Liderazgo Emprendedor e Innovacion, a los efectos de la obtención
de un título oficial.
Esta Facultad podrá reconocer créditos por enseñanzas cursadas en otras
Universidades o en otros títulos en función de la adecuación entre las
competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el
estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien si son de carácter
transversal, siempre que la carga lectiva en créditos ECTS sea similar, a
excepción de los créditos correspondientes al trabajo fin de grado.
2.- Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras
enseñanzas superiores oficiales no universitarias, a los que se refiere el
artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Nº mínimo de
ECTS
reconocidos
Nº máximo de
ECTS
reconocidos
3 45 31
En cualquier caso la unidad mínima de reconocimiento será la asignatura.
Los créditos reconocidos según lo recogido en los apartados primero.1) y
primero.2) serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre.
3.- Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en enseñanzas
universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere
el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Nº mínimo de
ECTS
reconocidos
Nº máximo de
ECTS
reconocidos
3 36
En cualquier caso la unidad mínima de reconocimiento será la asignatura.
Para que este reconocimiento de créditos sea posible se estudiara la adecuación
entre las competencias, conocimientos y resultados de aprendizaje asociados a
las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o Título de Grado en Liderazgo Emprendedor e Innovación 3
bien si son de carácter transversal, siempre que la carga lectiva en créditos ECTS
sea similar,
4.- La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida
en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención del título de Grado
en Liderazgo Emprendedor e Innovacion, siempre que se cumplan los siguientes
requisitos:
a) El alumno deberá acreditar documentalmente la experiencia laboral, presentando:
El extracto de la vida laboral actualizado.
Certificación del director o responsable superior que dé fe de la experiencia
profesional y/o laboral del solicitante, en la que se harán constar mínimamente: la
duración de la experiencia profesional, el ámbito laboral en el que se ha aplicado el
solicitante y las características del desempeño laboral.
Declaración realizada por el propio solicitante en la que exponga: la actividad
profesional desarrollada, las competencias profesionales adquiridas mediante dicha
actividad, los conocimientos adquiridos, y la(s) asignatura(s) para las que solicita el
reconocimiento.
b) La unidad mínima de reconocimiento será la asignatura y las competencias a ellas
asociadas, no pudiendo reconocerse unidades de ECTS que no constituyan una
asignatura. Y los créditos correspondientes al trabajo fin de grado no podrán ser objeto
de reconocimiento.
c) Los criterios utilizados para el reconocimiento de créditos por la experiencia profesional
acreditada serán:
-Estar en posesión de un título universitario oficial (español o extranjero)
-El tiempo de experiencia profesional
-El modo de dedicación a la actividad profesional desarrollada, plena (equivalente
al 100% de la actividad profesional desarrollada) o parcial (equivalente al 50% de
la actividad profesional desarrollada).
d) La solicitud escrita se completará con una entrevista con el interesado en la que el(los)
profesor(es) de la(s) asignatura(s) contrastarán la adquisición, por parte del alumno, de
los conocimientos y competencias para los que solicita el reconocimiento.
De la combinación de dichos tres criterios recogidos en el punto c) surge la siguiente
tabla, que recoge el tiempo de experiencia profesional requerido para los casos en que
los estudiantes y las estudiantes se hallan en posesión de un título universitario oficial:
Tiempo requerido para el reconocimiento de créditos:Título de Grado en Liderazgo Emprendedor e Innovación 4
SITUACIÓN 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA EXPERIENCIA
PROFESIONAL, (SOLICITANTES SIN TÍTULO UNIVERSITARIO OFICIAL)
UNIDADES DE
RECONOCIMIENTO
Dedicación plena
(equivalente al 100% de la
actividad profesional
desarrollada)
Dedicación parcial
(equivalente al 50% de la
actividad profesional
desarrollada)
Unidad mínima: 3 ECTS (y
las competencias asociadas)
8 meses 16 meses
Unidad máxima: 16 ECTS (y
las competencias asociadas)
30 meses 60 meses
Podrán reconocerse créditos correspondientes a las prácticas en empresa, siempre
que se acredite la adquisición de competencias del Grado, aunque dichas
competencias no hayan podido ser asignadas a asignaturas concretas o la experiencia
profesional no se haya considerado suficiente para reconocer todos los ECTS de la
asignatura de que se trate en cada caso.
UNIDADES DE
RECONOCIMIENTO
Dedicación plena
(equivalente al 100% de la
actividad profesional
desarrollada)
Dedicación plena
(equivalente al 50% de la
actividad profesional
desarrollada)
Unidad mínima: 5 ECTS 12 meses 24 meses
Unidad máxima: 30 ECTS 78 meses 156 meses
Los créditos reconocidos por los casos contemplados en los apartados. 3) y 4), no
computarán a efectos de baremación del expediente.
SITUACIÓN 2.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA EXPERIENCIA
PROFESIONAL, (SOLICITANTES CON TITULO UNIVERSITARIO OFICIAL)
UNIDADES DE
RECONOCIMIENTO
Dedicación plena
(equivalente al 100% de la
actividad profesional
desarrollada)
Dedicación parcial
(equivalente al 50% de la
actividad profesional
desarrollada)
Podrán reconocerse hasta
un máximo de 36 ECTS
correspondientes a
24 meses 48 mesesTítulo de Grado en Liderazgo Emprendedor e Innovación 5
asignaturas del plan de
estudios
(y las competencias
asociadas)
5.- Podrán reconocerse hasta 6 ECTS del Plan de estudios por la participación en
actividades por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas,
de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. A efectos de lo anterior,
la Facultad de Ciencias Empresariales publicará anualmente las actividades que
den opción a dicho reconocimiento, indicando para cada una de ellas el nº de
créditos reconocible y los mecanismos para acreditar la participación en dichas
actividades.
6.- Se establecen los siguientes límites al reconocimiento de créditos:
El Trabajo Fin de Grado no podrá reconocerse bajo ningún concepto.
El número máximo de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de
la experiencia profesional y laboral y por las enseñanzas universitarias
conducentes a la obtención de otros títulos no podrá ser superior, en su
conjunto, a 36 ECTS.
En los supuestos establecidos en los puntos anteriores 2, 3 y 4 la cantidad
mínima de créditos reconocidos ha de entenderse una vez analizada la
documentación presentada, habiendo superando las condiciones establecidas
(contenidos y competencias asociados a una asignatura).
En caso de no superar las condiciones exigidas no se le reconocerá ningún
crédito
Transferencia de créditos
Se entiende por transferencia de créditos, la inclusión en los documentos académicos
oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad
de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en
Mondragon Unibertsitatea o en otra Universidad, que no hayan conducido a la
obtención de un título oficial.
Expediente Académico
En el expediente académico del alumno se recogerán todos lo créditos obtenidos por
el estudiante en enseñanzas oficiales, de Mondragon Unibertsitatea o de otra
Universidad, para la obtención del título, sean transferidos, reconocidos o superados,
indicando lo que corresponda en cada caso. Cuando se trate de créditos reconocidos,
se hará constar la siguiente información referida a las enseñanzas de procedencia:
la(s) universidad(es), las enseñanzas oficiales y la rama a la que estas se adscriben;
las materias y/o asignaturas obtenidas y el nº de créditos, y la calificación obtenida.Título de Grado en Liderazgo Emprendedor e Innovación
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